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10 ene 2010

La Ley Sinde esconde la vulneración de los derechos fundamentales de los internautas


La Ley Sinde, la cual nos  habían vendido como garantista de los derechos de los internautas, ya que  afirmaban que el proceso de cierres de webs seria judicial, ha quedado al descubierto mostrándonos su verdadera cara y volviendo a evidenciar las intenciones del Gobierno.

Con la consigna de la ministra de “que no se preocupen los internautas”,  han pretendido colarnos por la puerta de atrás una Ley que carecerá de tutela judicial previa, debido a que la actuación judicial será un mero trámite administrativo.

 Según se desprende de lo que se conoce de la Ley, será la Comisión del Ministerio de Cultura, atenta a sus propios intereses, quien decida si hay o no infracción. Una vez que, conforme a criterios interesados y no legales, la Comisión señala una web, sí se dirigirá a un juez pero ya se habrá presupuesto que existe delito por lo que será cerrada automáticamente, y el juez solo habrá actuado para aplicar la medida dictada por la comisión.

La Comisión solo le preguntará al magistrado si quitar el contenido de la página afecta al derecho de la libertad de expresión o de información del dueño de la página; en ningún caso le cuestionará si el usuario realmente ha violado la propiedad intelectual. Digámosle adiós a la presunción de inocencia.

Queda claro que la Comisión no ha perdido el papel que en un principio tenía, y que el aparente reculado del Gobierno solo obedecía a una jugada de despiste para calmar los ánimos.

Cuando cierren una web se tratará de un proceso Contencioso Administrativo, en el que primero se te cierra la página y luego puedes recurrir, recursos que implican unos costos difícilmente asumibles por casi nadie y que vulneran el derecho a la libertad de expresión.

Conforme a nuestra legislación los conflictos entre editores de webs y los titulares de contenidos sujetos a derechos de autor deben dirimirse por un proceso civil, mercantil, o a lo sumo penal. Pero ahora será una jurisdicción pensada para los conflictos entre la administración y los ciudadanos. Es decir, el titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente violados será automáticamente tutelado por la administración, mientras que el ciudadano propietario de la web, será considerado infractor, y correrá bajo su cuenta y riesgo defender sus derechos fundamentales, amparados por la Constitución española., lo que constituye además una discriminación evidente.

Este procedimiento, regulado en los artículos 114 al 122 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, está dirigido a proteger derechos fundamentales, como el de reunión o manifestación. Ahora, estos derechos irrenunciables e inalienables, quedarán al mismo nivel que la propiedad intelectual, un auténtico revés para las libertades individuales de todos los ciudadanos.

Con todo esto han logrado considerar la propiedad intelectual como un derecho fundamental, equiparándolo con la libertad de expresión, lo que supone un peligro para la misma.

Según  señala Enrique Dans,  "El procedimiento existente hasta ahora funcionaba perfectamente en nuestro país: los derechos de propiedad intelectual estaban suficientemente protegidos. ¿Problema? ". Ahora estarán contentos.

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3 dic 2009

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”


Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.

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